Un juez federal ordenó a la Ciudad que suspenda las clases presenciales hasta que defina la Corte

Aunque la Corte Suprema aceptó ayer su competencia en la demanda presentada por la Ciudad de Buenos Aires sobre las clases presenciales, un juez federal decidió fallar esta tarde ante un planteo del Gobierno nacional. El magistrado Esteban Furnari, del fuero Contencioso Administrativo Federal, admitió parcialmente la inhibitoria planteada por el Estado nacional y declaró la incompetencia del fuero en lo Contencioso Administrativo, Tributario de la Ciudad de Buenos Aires.

Los equipos jurídicos de la Ciudad ya están analizando el fallo pero en principio dirán que el juez no podía intervenir porque la Corte ya aceptó el caso y le dio una plazo de cinco días al Gobierno nacional para que conteste. No corresponde que un juez tome el caso en estas condiciones”, dijo una fuente de la Procuración minutos antes que se conozca el fallo de Furnari, un juez nombrado durante el gobierno de Cristina Kirchner.

En su resolución, Furnori dispuso que la causa se remita a la Corte Suprema, “haciéndose saber a la Sala IV de la Cámara de Apelaciones y al Juzgado 1 de aquel fuero que deberán instrumentar la remisión ordenada”.

En la misma resolución, el juez que había sido sorteado ante la demanda presentada ayer a la mañana por la Procuración del Tesoro dejó sin efecto la resolución cautelar dictada el domingo por la Sala IV de la Cámara en lo Contencioso Administrativo de la Ciudad.

“Hay que ver si la Sala IV de la Cámara Contencioso Administrativo acepta la competencia de Furnari. Si no la acepta, la decisión queda en manos de la Corte”, advirtió una fuente de la Ciudad.

En el final de la resolución, Furnari se refirió a la trascendencia social detrás del debate jurídico: “Quiero dejar claramente asentado que no está en el ánimo del suscripto generar mayor incertidumbre en la sociedad, sino -muy por el contrario- arrojar luz respecto de cuestiones que debieron permanecer al margen de una confusión de estas características y trascendencia, suscitadas por una decisión para la cual no había espacio y que, bajo la apariencia de un acto jurisdiccional regular, receptara apenas el sentir popular de una parte importante de aquélla, llevando efímeras expectativas a sus integrantes”.